En relación a mis consultas, trascribo a
continuación escrito recibido, en el que destacado aquello que me ha parecido
más pertinente.
Estimado Sr. Gil, En relación a su atento escrito de fecha 2/10/2024, a
continuación pasamos a darle información relativa a la póliza colectiva de vida
nº G-W9-271000035 que en su momento suscribió como Tomador Caja de Ahorros del
Mediterráneo (posteriormente integrada en Banco de Sabadell, S.A.) con la compañía
Generali: • Las garantías de la póliza vienen indicadas en las Condiciones
Generales que le adjuntamos, siendo los capitales asegurados los establecidos
en cada uno de los certificados individuales de seguro.
Como resumen, sujeto en todo momento a lo indicado en las Condiciones
Generales, indicarle que la garantía principal es la de Fallecimiento, siendo
las garantías complementarias la invalidez absoluta y permanente, el doble
capital por fallecimiento por accidente, y el triple capital por fallecimiento
por accidente de circulación. Estas
coberturas complementarias finalizan a partir de los 65 años, quedando
únicamente la garantía de fallecimiento. • La forma de pago es trimestral
(trimestres naturales).
• La póliza no contempla rescate.
• Los beneficiarios serán los indicados en cada certificado individual de
seguro. En caso de no indicarse, serán los herederos legales.
• Esta póliza ya no permite nuevas altas, ni
tampoco aumentos de capital asegurado. • La póliza contempla (página 8) una
participación anual en beneficios por no siniestralidad, cuyo cálculo está
indicado en la misma. Este cálculo es equivalente al 90% del (85% de las primas
totales del colectivo -importe siniestros totales del colectivo). En
consecuencia esta participación en beneficios varía fundamentalmente por el
importe de siniestros pagados por la compañía en cada ejercicio para este
colectivo. A titulo informativo, para el ejercicio 2023, la participación en
beneficios fue equivalente al 39,7% de las primas pagadas y la de 2022 del 32,9%.
Cualquier asegurado que precise cualquier
operativa sobre su seguro (ej: solicitar la baja, solicitar una copia de su
certificado individual de seguro,…) puede dirigirse a su oficina habitual de
Banco Sabadell. Las oficinas disponen de procesos habilitados para facilitar
información de estas pólizas así como de facilitar la documentación relativa a
las Condiciones Generales y Certificados Individuales de Seguro a todos
aquellos asegurados que lo soliciten. “”
Posteriormente, a la pregunta
de cuál sería el importe a satisfacer a partir de 84 años (dato que no aparece
en la póliza colectiva) esta ha sido la respuesta:
POR CADA 1.000 € DE
COBERTURA
EDAD_ASEG |
TASA_HOMB |
TASA_MUJE |
100 |
352,794 |
244,061 |
99 |
337,740 |
229,135 |
98 |
321,925 |
214,615 |
97 |
306,140 |
200,552 |
96 |
290,378 |
186,948 |
95 |
274,774 |
173,897 |
94 |
259,273 |
161,420 |
93 |
244,055 |
149,530 |
92 |
229,146 |
138,248 |
91 |
214,632 |
127,590 |
90 |
200,545 |
117,554 |
89 |
186,958 |
108,132 |
88 |
173,905 |
99,317 |
87 |
161,421 |
91,093 |
86 |
149,532 |
83,442 |
85 |
138,252 |
76,343 |
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