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jueves, 8 de junio de 2023

COMPLEMENTO MATERNIDAD HOMBRES-PENSIÓN DE JUBILACIÓN

  

Ante algunas consultas que se nos han planteado respecto a este tema, hemos consultado a varias gestorías, y procedemos a informar a nuestro colectivo por si alguno pudiera verse afectado –positivamente- por este tema. Ésta nos ha facilitado esta información que nos parece completa e interesante; si alguien desea gestionar esta mejora en su pensión y cumple los requisitos que se indican, podeis contactar con los datos que figuran al pie. También podéis difundirlo a compañeros que se hayan jubilado con el BS., aunque no sean asociados. Siempre indicar que vais de parte de JUBICAM. 

Y si alguien desea alguna aclaración: Toni Gil, telf. 639 634 408  

REQUISITOS

·  Ser padre de dos o más hijos

·  Tener una pensión de jubilación reconocida entre el 1 de enero del 2016 y el 3 de febrero del 2021

·  La pensión de jubilación debe ser ordinaria, anticipada por causa no imputable al trabajador, de viudedad o de incapacidad permanente.

¿A CUÁNTO ASCIENDE EL COMPLEMENTO? 

El complemento consiste en un INCREMENTO DE LA PENSIÓN que varía en función del número de hijos que hayas tenido:

·  Si son dos hijos, el 5%.

·  Si son tres hijos, el 10%.

·  Si has tenido cuatro o más hijos, puede aumentar la pensión en un 15%

Si ya percibes la pensión máxima, los porcentajes se reducirán en un 50%, calculados sobre la base reguladora. 

Dependiendo la situación particular de cada uno, además de la actualización de la pensión mensual, se pueden recuperar, aproximadamente,  hasta 14.000€. 

SERVICIO OFRECIDO POR SOTODOCE

·  Estudio y asesoramiento inicial

·  Reclamación en vía administrativa.

·  Reclamación vía judicial. 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

·  Libro de familia escaneado en todas sus páginas

·  DNI del solicitante y de su cónyuge

·  Copia de la resolución de jubilación del solicitante y de su cónyuge en caso de estar jubilada. 

HONORARIOS 

·  Reclamación en vía administrativa: 50 €+ IVA y en caso de estimación, el importe correspondiente al 15% de una anualidad.

·  Reclamación vía judicial: 350 € + IVA  y en caso de estimación, el importe correspondiente al 20% de una anualidad. 

*Estos importes han sido calculados, aplicando los descuentos pertinentes teniendo en cuenta que el servicio vaya a ser prestado a un grupo amplio de personas.

FORMA DE PAGO 

·  Reclamación en vía administrativa: 50 €+ IVA.

o A la firma de la propuesta: 50 € + IVA.

o Resto: Con la notificación de la resolución, en caso de estimación: el importe correspondiente al 15% de una anualidad.

·  Reclamación vía judicial: 350 € + IVA

o Con la interposición de la Demanda: 350 € + IVA.

o  Con la notificación de la Sentencia, en caso de estimación: el importe correspondiente al 20% de una anualidad. 

Por favor, en caso de resultar interesados, ruego respondan a este correo electrónico con su confirmación, quedando a la espera de recibir por cada uno de los interesados la documentación necesaria para suscribir la propuesta de servicios y poder iniciar los trabajos de reclamación oportunos ante la Seguridad Social.

 

Quedo a su entera disposición para cuanto necesiten 

Gracias, un saludo. 

--

Natalia González Villalobos - 

Asesora legal -

 

E-mail: areajuridica@sotodoce.com

Tel: +34 965 166 322

www.sotodoce.com

 

domingo, 26 de enero de 2020

INFORMACIÓN RECLAMACIÓN MUTUALIDAD

Por la importancia que pueda tener para aquéllos compañeros que hayan presentado reclamaciones por cotizaciones, transcribimos  correo  de fecha 24 del presente mes, remitido por Rafa Olivares desde Observatorio Cam



Estimados amigos:

Recordareis que en un correo anterior os informábamos de la resolución del TEAR de Tenerife a una reclamación similar a la nuestra. Pues bien, nos llega la noticia de que transcurrido el plazo de dos meses que la AEAT tenía para recurrir tal resolución, esta no se ha producido y la AEAT ha procedido al pago de los atrasos solicitados por la demandante, una jubilada del BBVA.

Aunque ya informábamos de que las resoluciones de un TEAR no son vinculantes para los de otras regiones, lo relevante aquí es que la AEAT, que tiene una actuación coordinada a nivel estatal, ha renunciado a recurrir, quizá porque no encuentra argumentos de entidad para rebatir el dictamen de Tenerife.

Mantenemos, pues, la esperanza en el buen fin de nuestras reclamaciones.

Saludos cordiales