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miércoles, 23 de octubre de 2024

PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA CAM

 


Ante consultas realizadas por algunos compañeros sobre este asunto, se han realizado gestiones en Banco Sabadell sobre esta póliza emitida por Generali, y de la cual parece que algunos o bastantes asociados tienen concertada y de la que apenas disponen de información al respecto.

Tras una gestión personal, se ha obtenido copia de la parte de la póliza “colectiva”, en la cual se detallan los importes según edad y sexo que han de abonarse anualmente –en cuatro recibos trimestrales- por cada 1.000 euros de cobertura por fallecimiento. De estos pagos, una vez al año se recuperan, por beneficios, una parte de lo satisfecho

Sin embargo, si alguno de los miembros de Jubicam desea conocer exactamente los datos de su póliza “individual” debe dirigirse a su gestor personal para que se lo gestione ante Sabadell Seguros. 

Sin embargo quedan pendientes de respuesta algunos interrogantes de los que esperamos respuesta:

-¿Existe la posibilidad de rescate si no se desea continuar?

-¿Pueden cambiarse las características de la póliza, bajando o subiendo la cobertura, y minorando o aumentando el importe de los recibos?

 -¿Podemos conocer los asegurados –quizás a través de Jubicam- la fórmula que se aplica para la obtención de beneficios?

Si alguno de vosotros desea realizar algún comentario puede dirigirse a nuestro compañero Toni Gil, telf.. 639 634 408 quien también podrá facilitar a quien lo precise el texto de la Póliza CAS-Vida empleados61.pdf que no hemos podido enlazar con este blog a través de su correo toni.gil.s@gmail.com

 

jueves, 8 de junio de 2023

COMPLEMENTO MATERNIDAD HOMBRES-PENSIÓN DE JUBILACIÓN

  

Ante algunas consultas que se nos han planteado respecto a este tema, hemos consultado a varias gestorías, y procedemos a informar a nuestro colectivo por si alguno pudiera verse afectado –positivamente- por este tema. Ésta nos ha facilitado esta información que nos parece completa e interesante; si alguien desea gestionar esta mejora en su pensión y cumple los requisitos que se indican, podeis contactar con los datos que figuran al pie. También podéis difundirlo a compañeros que se hayan jubilado con el BS., aunque no sean asociados. Siempre indicar que vais de parte de JUBICAM. 

Y si alguien desea alguna aclaración: Toni Gil, telf. 639 634 408  

REQUISITOS

·  Ser padre de dos o más hijos

·  Tener una pensión de jubilación reconocida entre el 1 de enero del 2016 y el 3 de febrero del 2021

·  La pensión de jubilación debe ser ordinaria, anticipada por causa no imputable al trabajador, de viudedad o de incapacidad permanente.

¿A CUÁNTO ASCIENDE EL COMPLEMENTO? 

El complemento consiste en un INCREMENTO DE LA PENSIÓN que varía en función del número de hijos que hayas tenido:

·  Si son dos hijos, el 5%.

·  Si son tres hijos, el 10%.

·  Si has tenido cuatro o más hijos, puede aumentar la pensión en un 15%

Si ya percibes la pensión máxima, los porcentajes se reducirán en un 50%, calculados sobre la base reguladora. 

Dependiendo la situación particular de cada uno, además de la actualización de la pensión mensual, se pueden recuperar, aproximadamente,  hasta 14.000€. 

SERVICIO OFRECIDO POR SOTODOCE

·  Estudio y asesoramiento inicial

·  Reclamación en vía administrativa.

·  Reclamación vía judicial. 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

·  Libro de familia escaneado en todas sus páginas

·  DNI del solicitante y de su cónyuge

·  Copia de la resolución de jubilación del solicitante y de su cónyuge en caso de estar jubilada. 

HONORARIOS 

·  Reclamación en vía administrativa: 50 €+ IVA y en caso de estimación, el importe correspondiente al 15% de una anualidad.

·  Reclamación vía judicial: 350 € + IVA  y en caso de estimación, el importe correspondiente al 20% de una anualidad. 

*Estos importes han sido calculados, aplicando los descuentos pertinentes teniendo en cuenta que el servicio vaya a ser prestado a un grupo amplio de personas.

FORMA DE PAGO 

·  Reclamación en vía administrativa: 50 €+ IVA.

o A la firma de la propuesta: 50 € + IVA.

o Resto: Con la notificación de la resolución, en caso de estimación: el importe correspondiente al 15% de una anualidad.

·  Reclamación vía judicial: 350 € + IVA

o Con la interposición de la Demanda: 350 € + IVA.

o  Con la notificación de la Sentencia, en caso de estimación: el importe correspondiente al 20% de una anualidad. 

Por favor, en caso de resultar interesados, ruego respondan a este correo electrónico con su confirmación, quedando a la espera de recibir por cada uno de los interesados la documentación necesaria para suscribir la propuesta de servicios y poder iniciar los trabajos de reclamación oportunos ante la Seguridad Social.

 

Quedo a su entera disposición para cuanto necesiten 

Gracias, un saludo. 

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Natalia González Villalobos - 

Asesora legal -

 

E-mail: areajuridica@sotodoce.com

Tel: +34 965 166 322

www.sotodoce.com